Conducir en estado de ebriedad o alcoholizado, es un delito contemplado en la ley en el artículo 186 del estado, y su penalidad cambia de seis a dos años de cárcel.
El diputado local, Guillermo Brhams, afirmó que hay que entender que la media aritmética suman dos años seis meses, es un delito que alcanza conmutación de la pena y la multa de diez mil pesos , es justo porque no hay que conducir alcoholizado, porque es poner en riesgo a la ciudadanía, a los peatones y a la gente que anda en la calle o en otros vehículos de quienes van en sus cinco sentidos.
El entrevistado añadió que cualquier autoridad llámese municipal, estatal, federal si se encuentra con esa conducta tendrá que poner a disposición de la Fiscalía del Estado esto, no necesariamente tiene que emanar de un operativo esta detención como en otros países; “si tu manejas de manera temeraria y te subes una banqueta, por supuesto te van a parar y si de esa detención surge el estado de ebriedad, te tendrán que certificar con un médico legista, que es el perito de la Fiscalía”, indicó.
Precisó que el grado de alcohol permitido es punto 80, no punto 40; “el tomarse una copa, una cerveza o lo que guste tomar no creo que te emborrache, no es bueno tomar drogado, no nos estamos yendo por la gente que toma, porque el alcohol es legal , lo que no se puede ermitir es que manejes ebrio y ocasiones un accidente y te mates tú o mates a otra persona
Por lo que respecta al tema de la elección del Fiscal, comentó que se determinó crear una comisión especial, ayer se cerró el proceso, él no es miembro de dicha comisión, por lo que hay que esperar el dictamen para ir al pleno, hasta anoche que se cerró habían 13 inscritos y los elegidos tendrán que pasar por el escrutinio de los diputados para votar.