Ciudad de México.- La Sala Superior del TEPJF confirmó la resolución del TEQROO, que declaró la existencia de coacción del voto atribuida a Laura Fernández; a la Coalición “Va Por Quintana Roo”; y al Sindicato “Uh-Yumil-Be”.
En sesión pública transmitida vía videoconferencia los magistrados votaron por unanimidad el proyecto de la Magistrada Janine Otálora Malassis. El proyecto del TEPJF confirmó la resolución del tribunal local, que señala la existencia de coacción del voto a favor de Laura Fernández.

El TEPJF, detalló que, Laura Fernández, así como los partidos, PAN, PRD y CPQ, presentaron un juicio electoral donde impugnaron la resolución del TEQROO. Indicaron que, el tribunal local había hecho una indebida valoración de pruebas.
Argumentaron que no se hizo un análisis correcto de la convocatoria y el acta de la asamblea del Sindicato Sección I “Uh-Yumil-Be” de la UNTRAC. Indicaron que, debido a esto, no se pudo advertir que la asamblea que motivó la controversia, consistió en dos eventos diferentes en formato y horario. El segundo evento, de corte partidista, no habría sido convocado ni organizado por dicho sindicato.
TEQROO si valoró debidamente las pruebas, confirma el TEPJF
Sin embargo, el pleno del TEPJF confirmó la sentencia, pues indicaron que sí se acreditó la correcta valoración de las pruebas por parte del TEQROO, y que no se pudieron desacreditar los hechos denunciados.
En una parte de la resolución del expediente SUP-JE-215/2022, puede leerse que.
“Cabe apuntar que no es motivo de controversia la existencia de dos convocatorias y dos reuniones realizadas el mismo día en las instalaciones de la UNTRAC, pues ello está plenamente acreditado y lo reconoce plenamente la parte recurrente. No obstante, debe precisarse que se encuentra debidamente acreditado que el segundo evento, que fue identificado de corte eminentemente proselitista, también fue convocado por el secretario general del sindicato.”
Indica la sentencia que, la parte actora se limitó a afirmar que la prueba presentada no tenía valor probatorio. Esta prueba consistió en una imagen de una convocatoria firmada por el secretario general del sindicato.
“Sin embargo, esta no fue desacreditada ni desconocida en cuanto a su contenido y alcance. Además, no fue desconocida autoría ni se desacreditó de forma alguna la firma que en ella aparece, por lo que debe tenerse por cierta.”