Constancio Carrasco Daza, magistrado presidente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), aseguró que la reforma constitucional en materia electoral de 2014, consolidó a los Tribunales Electorales locales a partir de la implementación del nuevo método de designación y permanencia de los magistrados realizada por el Senado de la República.
Al participar en la Ceremonia de Firma Entrega del Sistema de Información de la Secretaría General de Acuerdos para los Estados (SISGA-E), aseveró que con el nuevo esquema de selección se delineó una mayor independencia de los órganos jurisdiccionales estatales, ya que sus integrantes ahora son designados por el Senado de la República y no por los congresos locales como ocurría anteriormente.
Señaló que el artículo 1º constitucional impone a todos los juzgadores la obligación, en la medida de sus competencias, de garantizar la protección más amplia de los derechos humanos, donde juega un papel esencial el derecho a la tutela judicial y esto, se garantiza de manera más amplia con un instrumento como SISGA-E, que materializa “una tutela judicial más próxima, más efectiva y completa”.
“Me parece que este es un tema que está abierto desde la reforma constitucional y legal del 2014, que consolidó hoy a los tribunales electorales locales en este nuevo método de designación y permanencia en el desempeño”, expresó.
Durante su intervención el Magistrado Presidente destacó que hay tres condiciones que determinan la independencia de la justicia electoral local, y parten de lo que el Sistema Interamericano ha establecido como precedentes: en primer lugar, constituir un adecuado proceso de designación de quienes integren los tribunales, que en caso de México está asegurado porque la reforma constitucional determinó que el Senado de la República sea el que examine y evalúe en un proceso transparente y público a los magistrados.
Un segundo criterio rector, agregó, es la inamovilidad en el cargo, esto es, que en las constituciones locales y en las leyes orgánicas tiene que establecerse un término de duración en el desempeño del cargo de los juzgadores en esta clase de tribunales, que asegure un plazo razonable de desempeño; no como una medida de protección al juzgador, sino para que tenga un plazo amplio para desempeñar su cargo y garantizar la tutela judicial efectiva.
En tercer lugar, continuó, el Estado debe tener formal y materialmente legislado o regulado un adecuado proceso para poder proceder disciplinariamente en contra del desempeño en las tareas que están depositadas en las juezas y los jueces, a fin de que puedan ser sancionados, suspendidos o removidos de la alta tarea que tienen en la justicia constitucional, en este caso en la materia electoral.
El magistrado Carrasco Daza indicó que si bien existe un debate en torno a que el establecimiento de un presupuesto fijo para el Poder Judicial Federal es una de las condicionantes para que se garantice la independencia judicial, desde su perspectiva ello no es así.
En cuanto a este tema, el Magistrado Presidente hizo referencia al caso Reverón Trujillo Vs. Venezuela, resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el cual se precisó que los jueces cuentan con garantía reforzadas, como una condición esencial para el ejercicio de su función judicial, lo que es importante trasladar al orden nacional.
“Este para mí es un tema esencial en la agenda de los Tribunales Electorales locales de frente a la independencia judicial. Es insuficiente hablar de que el presupuesto fijo nos guiará como un elemento único indispensable a la independencia de la judicatura. El presupuesto fijo es uno de los elementos en este complejo discurso que tenemos de la justicia electoral respecto al ejercicio del poder público, pero hay otros elementos que sin duda alguna aseguran un desempeño independiente al que tienen derecho fundamentalmente los jueces para dar esta respuesta a la ciudadanía”, subrayó.
El SISGA una herramienta eficaz para conocer los asuntos que se resuelven en el TEPJF
Laura Angélica Ramírez Hernández, secretaria general de Acuerdos del TEPJF, señaló que el registro de todos los datos atinentes a los medios de impugnación, permite concentrar la información de manera eficiente y accesible a todos los usuarios del SISGA, y obtener datos específicos tan solo con acceder al sistema y con tal rapidez, que si se desea saber cuántos asuntos se resolvieron en la Sala Superior en el año 2015, unos minutos bastarían para saber que fueron 8 mil 636 medios de impugnación con el correspondiente desglose por tipo de medio.
Recordó que en un esfuerzo por compartir la experiencia adquirida con el uso del SISGA, el Tribunal Electoral puso en marcha en el año 2013 el proyecto para que el sistema se implementara en los Tribunales Electorales estatales de todo el país, con la finalidad de agilizar la labor jurídica a la que se enfrentan cotidianamente esos tribunales y facilitar su labor operativa.
“Este sistema se alberga en cada uno de los servidores de los tribunales, dando independencia a cada uno de éstos para el manejo de su información, respecto de la cual es importante precisar que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no tiene injerencia alguna”, apuntó.
Marcia Laura Garza Robles, magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas, hizo énfasis en que este tipo de herramientas abonan a la transparencia, comunicación y organización, además de que facilita la labor operativa de las tareas relacionadas con su labor jurisdiccional.
Por su parte, Sergio Arturo Guerrero Olvera, magistrado presidente del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro, reconoció la generosidad del TEPJF por compartir este sistema y subrayó que “el Tribunal Electoral no solamente es la máxima instancia del país en materia electoral, sino también, tenemos que ser sinceros, es un referente, ya que sus sentencias, procesos de gestión de expedientes, logros internacionales y su presencia en nuestra democracia es una guía a seguir”
Fuente: Clicnoticias