El Estado ya no está obligado a prestar servicio de escoltas a ex gobernadores que hayan concluido su encargo hace seis años, tal como lo marca la ley, sostuvo el Presidente de la Gran Comisión del Congreso, Eduardo Martínez Arcila, quien celebró el anuncio hecho por el Secretario de Gobierno, Francisco López Mena quien, según medios de comunicación, informó que no se otorgará más protección pagada a ex gobernadores como Félix González.
El diputado Martínez Arcila dijo al respecto: “No hay nada que obligue hoy al estado a seguirle prestando el servicio de escoltas, no hay absolutamente nada. Él tiene derecho a solicitarlo, pero la Comisión que revisa estos casos depende de Secretaría de Gobierno, pero no está obligada. La Ley es muy clara: Ya concluyó la obligación que tenía el estado de prestarle al ex gobernador este servicio”.
Este jueves se publicó información en un medio de comunicación estatal la cual carece de fundamento y contiene información falsa como el hecho de que se haya avalado una reforma “en Nochebuena de 2014” cuando en esa fecha no existe ninguna publicación relacionada con la Ley de Seguridad Pública del estado relacionada con el tema de los escoltas.
La designación de escoltas está enmarcada en la Ley de Seguridad Pública que señala claramente en su artículo 50:
“El servicio público de escolta tendrá dos órganos de decisión respecto del otorgamiento de la protección a servidores y ex servidores públicos: El Comité de Autorización de Escoltas a Servidores Públicos y el Comité de Autorización de Escoltas a Ex Servidores Públicos. El Comité de Autorización de Escoltas para Servidores Públicos que se encuentren en funciones se integra con el Secretario de Gobierno, el Secretario de Seguridad Pública y el Fiscal General de Justicia de la Entidad, presidiendo el primero.
El Comité de Autorización de Escoltas para Ex Servidores Públicos se integra con el Secretario de Gobierno, Secretario de Finanzas y Planeación y el Oficial Mayor del gobierno del Estado, presidiendo el primero. Concurren solamente con voz al Comité referido, el Secretario de Seguridad Pública y el Fiscal General”.
Las reformas aprobadas por la legislatura pasada, la Decimocuarta, el 29 de junio de 2016, contemplaban escoltas por 15 años para ex gobernadores, esposa e hijos de manera irrevocable y automática; además señalaba que el número de escoltas no podría ser menor al que tuvieron cuando estaban en funciones. “Un abuso absoluto”, dijo el legislador.
Martínez Arcila señaló que la Decimoquinta Legislatura echó abajo esas reformas y aprobó modificaciones a la Ley de Seguridad Pública para reducir el número de escoltas, para que se asignen por petición en el caso de ex servidores públicos vinculados a tareas de Gobierno o seguridad pública y se acotó su temporalidad, pues únicamente podrán tener escolta por el mismo número de años que colaboraron en el servicio público.
Además, en caso de requerir más tiempo de la protección, el interesado deberá acreditarlo ante el Comité correspondiente, solicitud que deberá ser aprobada por la mayoría del comité y será sólo para asignar la mitad de los escoltas con los que contaba en funciones, señala el decreto publicado.