Este martes, un juez federal dictó formal prisión contra Margarita Esther López Morales, ex consejera del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, por su probable responsabilidad penal en la alteración del padrón electoral.
“A la ahora procesada se le atribuye haber participado, bajo la figura de comisión por omisión, en la alteración del listado de electores chiapanecos residentes en el extranjero para la elección de la fórmula de Diputado Migrante, el cual fue motivo de alteración a partir de la inclusión de datos falsos“, indicó Ramsés Ruiz Cazares, director general adjunto de Consignaciones de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade).
El funcionario explicó que ciudadanos chiapanecos fueron dados de baja del listado de electores indebidamente para ser incluidos en el padrón de electores en el extranjero, circunstancia que no corresponde a la realidad, puesto que nunca solicitaron ser eliminados de una lista para ser añadidos a otra y así poder votar por el Diputado Migrante.
“La ex consejera, omitió desplegar alguna acción para impedir que, por cualquier medio, se alterara el listado de electores chiapanecos residentes en el extranjero, mediante la inclusión de datos falsos, pese a que tenía el deber jurídico de evitar ese resultado, dado su calidad garante como funcionaria electoral”, detalló la Fepade.
En 2014, el instituto electoral chiapaneco contrató por adjudicación directa a la empresa “DSI Elecciones S.A. de C.V.” para desarrollar un sistema electrónico de votaciones para los ciudadanos de Chiapas que radican en el extranjero.
“La empresa en mención señaló haber recibido un total de 17 mil 573 solicitudes de registro de votantes chiapanecos en el extranjero, la mayoría provenientes de Estados Unidos, Uganda, Armenia, Vietnam, Angola, Liberia, Cabo Verde, República Checa y Trinidad y Tobago, sin comprobar que radicaran en esas naciones, de los cuales el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas validó 10 mil 808 registros”, explicó la Fepade.
Asimismo, la Fiscalía dio a conocer otras irregularidades como votaciones en el interior del país, pese a que era requisito que se hicieran desde el exterior; registro de mil 200 votantes al interior del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas y resultados inusuales que sólo favorecieron a dos candidatos.
A continuación el comunicado completo:
Comunicado 511/17
Ciudad de México, 22 de marzo de 2017
OBTIENE FEPADE AUTO DE FORMAL PRISIÓN CONTRA UNA EX CONSEJERA GENERAL DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE CHIAPAS
· Ubicados • Por comisión y omisión en la alteración del listado de electores chiapanecos residentes en el extranjero.
• Por primera vez en su historia, la FEPADE, ejerció acción penal en contra de cinco ex Consejeros Generales del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas.
La Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), de la Procuraduría General de la República, obtuvo de un Juez de Distrito de Procesos Penales Federales en el estado de Chiapas, Auto de Formal Prisión en contra de una ex Consejera General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del estado de Chiapas, por su probable responsabilidad penal en el delito Electoral Federal de participar en la alteración del listado de electores, previsto en la Ley General en Materia de Delitos Electorales, informó Ramsés Ruiz Cazares, Director General Adjunto de Consignaciones de la FEPADE.
Ruiz Cazares, señaló que a la ahora procesada, se le atribuye haber participado, bajo la figura de comisión por omisión, en la alteración del listado de electores chiapanecos residentes en el extranjero para la elección de la fórmula de Diputado Migrante, el cual fue motivo de alteración a partir de la inclusión de datos falsos, dado que ciudadanos chiapanecos radicados en esa entidad federativa, fueron dados de baja indebidamente en el listado en mención, circunstancia que no corresponde a la realidad, puesto que tales ciudadanos no solicitaron ser incluidos en la lista de electores radicados en el extranjero, para votar electrónicamente para la fórmula antes indicada.
Asimismo, la ex consejera, omitió desplegar alguna acción para impedir que, por cualquier medio, se alterara el listado de electores chiapanecos residentes en el extranjero, mediante la inclusión de datos falsos, pese a que tenía el deber jurídico de evitar ese resultado, dado su calidad garante como funcionaria electoral, al formar parte del Comité Técnico Especializado, encargado de coordinar las actividades tendentes a recabar el voto de los ciudadanos chiapanecos residentes en el extranjero, así como del Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del estado de Chiapas.
Cabe señalar que, por instrucciones del Titular de FEPADE, Santiago Nieto Castillo, en este caso se realizó una investigación exhaustiva, ya que vulneró el principio de certeza y confianza en los procesos electorales y que, por primera vez en su historia, la Fiscalía Especializada ejerció acción penal en contra de cinco ex Consejeros Generales del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del estado de Chiapas, así como la Secretaria Técnica y el Secretario Ejecutivo y el representante legal de la empresa “DSI ELECCIONES S.A. de C.V.”, por su probable responsabilidad penal en la comisión, por omisión, del delito Electoral Federal previsto y sancionado en el Artículo 13, fracción I (hipótesis relativa a quien por cualquier medio participe en la alteración del listado de electores) de la Ley General en Materia de Delitos Electorales.
Todo esto, en virtud de que las personas en mención tenían la calidad de garantes de la certeza, veracidad y objetividad del listado local de electores chiapanecos residentes en el extranjero, pues conforme a los instrumentos legales que regularon los comicios electorales del 19 de julio de 2015, desarrollados en esa entidad, tenían claras facultades para intervenir tanto en el proceso de conformación del listado electoral, como para verificar que los datos contenidos en dicha lista fuesen ciertos, lo que a su vez implicó que estaban en posibilidad jurídica de evitar la alteración de dicho registro.
El presente asunto tuvo como origen la aprobación llevada a cabo el 16 de octubre de 2014, por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas, de la creación del Comité Técnico Especial encargado de la coordinación de las actividades tendentes a recabar el voto de los ciudadanos del estado residentes en el extranjero, durante el proceso electoral local ordinario 2014-2015, para tal efecto el órgano local contrató a la empresa “DSI Elecciones S.A. de C.V.”, para desarrollar un sistema electrónico de votación y padrón de chiapanecos radicados en otro país.
Con motivo de lo anterior, la empresa en mención señaló haber recibido un total de 17 mil 573 solicitudes de registro de votantes chiapanecos en el extranjero, la mayoría provenientes de Estados Unidos, Uganda, Armenia, Vietnam, Angola, Liberia, Cabo Verde, República Checa y Trinidad y Tobago, sin comprobar que radicaran en esas naciones, de los cuales el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas validó 10 mil 808 registros.
Además de dichas irregularidades, durante la investigación que llevó a cabo, FEPADE, detectó que se había realizado la asignación directa del contrato de prestación de servicios a la empresa que desarrolló el sistema de voto electrónico de los chiapanecos en el extranjero; votos recibidos desde el interior del país, cuando era requisito que provinieran del extranjero; registro de mil 200 votantes desde el interior de las instalaciones del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas; además, del incremento anormal del registro electrónico para votar desde el extranjero, así como resultados atípicos de las votaciones que favorecieron únicamente a dos de los candidatos.
En ese sentido, la procedencia de las solicitudes, la ratificación o rectificación de los registros, así como su aprobación definitiva se encontraba a cargo del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, conforme a lo establecido en el convenio de colaboración celebrado con el Instituto Nacional Electoral.
Es importante señalar que, tanto la hoy procesada como las demás personas relacionadas con estos hechos, tenían la obligación de examinar, cotejar, verificar y supervisar la veracidad de los datos incluidos en el listado local de electores chiapanecos residentes en el extranjero y, además, eran absolutamente responsables para el caso de que el listado nominal fuese alterado indebidamente, a partir de solicitudes irregulares, toda vez que los servidores públicos antes citados, así como el representante de dicha empresa omitieron desplegar acción alguna para impedir que, por cualquier medio, se alterara el listado de electores chiapanecos residentes en el extranjero, con la inclusión de datos falsos respecto a la residencia extranjera de 10 mil 808 personas que conformaron dicha lista.
Para FEPADE, es importante proteger los principios y valores democráticos de un proceso electoral, entre ellos, la certeza, la confianza y la equidad en las elecciones, sin importar quien resulte culpable de vulnerar esto principios y cometer un delito Electoral Federal. (Fuente: Aristegui Noticias)