Ciudad de México.- En el Palacio Legislativo de San Lázaro, los diputados federales aprobaron con 393 votos a favor el proyecto de decreto que reforma la Ley General de Salud con el objetivo de establecer que los usuarios de servicios en la materia, en el ámbito público o privado, tienen derecho de acceso a la información contenida en su expediente clínico, así como a obtener una copia del mismo.
El dictamen procedente de la Cámara de Senadores, menciona que la información del expediente de los pacientes deberá ser manejada con máxima discreción y confidencialidad por parte de los prestadores de servicios de salud.
Se indica que el derecho de acceso al expediente podrá ejercerse por representante legal acreditado, por el tutor, por quien tenga la patria potestad, acredite el parentesco en línea recta, el cónyuge o concubino del o la paciente, quienes también podrán acceder a los documentos de las personas fallecidas, salvo en el caso que éstas lo hubiesen prohibido en forma expresa y ello se acredite de manera fehaciente.
El documento considera que en todo momento el titular de los datos contenidos en el documento podrá oponerse y restringir en forma expresa el acceso a dicha información.
Textualmente el proyecto que adiciona diversas disposiciones al artículo 51 bis 1 a la Ley General de Salud dice “El personal médico que acceda a los datos del expediente clínico en el ejercicio de sus funciones, deberá resguardar dicha información conforme al deber del secreto profesional”.
Asimismo, se menciona que los prestadores de los servicios de salud tomarán las medidas administrativas pertinentes para proteger los datos personales contenidos en el expediente clínico a efecto de prevenir el acceso, alteración, comunicación, difusión o cualquier otro manejo indebido o no autorizado respecto del documento.
Fuente: Cámara de Senadores.