Cancún, QR. El Juzgado Tercero de Distrito con sede en la ciudad de Cancún otorgó la suspensión definitiva en contra de las modificaciones hechas al Plan de Desarrollo Urbano (PDU) 2014-2030 de todo el municipio de Benito Juárez, realizadas en 2014 por el gobierno del priísta Paul Carrillo de Cáceres.
A su vez, condicionó el recurso al pago de una fianza de 10 millones de pesos para resarcir a posibles terceros afectados debido a que el PDU es el instrumento que regula el crecimiento urbano de la ciudad, definiendo usos de suelo y densidades de construcción para cualquier tipo de proyecto.
El PDU en cuestión actualiza los usos de suelo en sitios de alto valor ambiental, aumentando en gran porcentaje el desarrollo de obras permitidas en tales áreas con restricciones en el Programa de Ordenamiento Ecológico del Municipio de Benito Juárez.
Tal es el caso del proyecto Hotel Riviera Cancún, promovido por la cadena RIU, donde la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) autorizó la operación y cambio de uso de suelo forestal. Esto para permitir la construcción de infraestructura turística en zona de influencia de manglar así como de dos áreas naturales protegidas: Manglares de Nichupté y Costa Occidental de Isla Mujeres, Punta Cancún y Punta Nizuc.
Ante esta situación, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda) asegura que las modificaciones hechas al PDU “han permitido desde entonces la autorización de obras -como el proyecto Hotel Riviera Cancún- en sitios de gran relevancia ambiental, lo cual está afectando las zonas de manglar, la recarga de acuíferos y, con ello, violando el derecho a un medio ambiente sano de los habitantes de la región”.
Debido a lo anterior, el Cemda interpuso una demanda de amparo, solicitando la armonización del PDU del Centro de Población de Cancún con criterios nacionales de prevención contenidos en la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), la Ley General de Cambio Climático (LGCC) y los tratados internacionales de los que México es parte.
Según el Cemda, la decisión de la Semarnat contraviene ordenamientos jurídicos federales, como la LGCC, que promueve políticas públicas que conservan el medio ambiente y los ecosistemas que generan una protección contra los efectos del cambio climático. Ante ello, como medida cautelar se requirió la suspensión de la construcción y operación de dicho proyecto, así como la interrupción de la emisión de permisos de construcción bajo las densidades que establece actualmente el PDU.
El Juzgado Tercero de Distrito ha determinado una garantía por más de 10 millones de pesos para conceder la suspensión, lo que contradice el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), según el cual es improcedente fijar garantía para que surta efecto la suspensión en el amparo, cuando el acto reclamado involucre la violación al derecho humano a un medio ambiente sano.
El Cemda asegura el tribunal debe pronunciarse con respecto a si el PDU de Cancún 2014-2030, aprobado en agosto de 2014, viola de manera sistemática el derecho al medio ambiente sano de los habitantes de Cancún.
Fuente: El Economista.