En 2019 la saxofonista María Elena Ríos Ortiz fue víctima de un intento de feminicidio por lo que solicitó una audiencia para recusar al juez Teódulo Pacheco Pacheco y separarlo del caso.
Río Ortiz argumentó los beneficios que el juez le habría otorgado a Juan Antonio Vera Carrizal, presunto autor intelectual del ataque con ácido en contra de María Elena.
En enero de 2023 Teódulo Pacheco dirigió la prolongada audiencia en la que se aceptó que Vera Carrizal siguiera su proceso en libertad bajo el criterio de que, supuestamente, estaría enfermo.
Por lo que la activista calificó dicho proceso como “una audiencia maquillada y un acuerdo pactado”. Ríos Ortiz denunció que el juez Pacheco hizo reiteradas pausas para prolongar las comparecencias, además de haber aceptado “todos los medios de prueba falsificados y sin metodología” para argumentar su supuesta enfermedad.
Durante las audiencias María Elena también señaló que Pacheco habría reiterado que ni su defensa legal, Diana Cristal, ni la ministerio Público, Luz Gabriela Herrera, podían intervenir en su resolución.
Ante estas situaciones, solicitó que Teódulo Pacheco no tuviera más conocimiento de su caso, la cual fue aprobada por las autoridades judiciales de Oaxaca.
La saxofonista indicó que desde el momento que se le otorgó el arraigo domiciliario a Vera Carrizal, ella y su defensa impugnaron la determinación, pero hasta la fecha el Tribunal Superior de Justicia del estado no había emitido ninguna resolución al respecto.
De igual forma calificó de lamentable que el equipo legal del presunto autor intelectual del intento de feminicidio tratara de censurarla al sugerir que ya no diga nada en redes sociales. Sin embargo, defendió su derecho a la libre expresión, debido a que en las múltiples denuncias y pronunciamientos no ha revelado datos sensibles de la causa penal.
La activista celebró la aprobación unánime en la Cámara de Diputados de un dictamen que reforma el Código Penal Federal y la Ley Federal de Víctimas.
Dichas modificaciones, nombradas en su conjunto como Ley Malena, definen la violencia ácida como los ataques con ácido o cualquier sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable. Además, dichos actos serán considerados ya no como lesiones, sino como tentativas de feminicidio, por lo que los agresores podrían enfrentar una pena de entre 26 y 40 años de prisión.
Fuente: Infobae